Seguridad Vial

Carril izquierdo y velocidades máximas ¿Qué hacer?

Desde hace unos días se está dando una discusión muy interesante en la sección Cartas de Lectores del diario La Nación sobre un tema totalmente cotidiano: cuando uno va por el carril rápido de la autopista a la velocidad máxima permitida y llega por detrás un vehículo a mayor velocidad ¿hay que correrse o hacerse el justiciero y no dejarlo pasar?

Aquí las cartas publicadas, debajo mi opinión desde la seguridad vial.
Límite de velocidad

«Si bien respetar la velocidad máxima es un deber, no se imaginan lo difícil que es ejercer el derecho de viajar a la velocidad máxima en la ruta 2. Tengo derecho a que respeten mi decisión de no superar los 120 km/h. ¿Qué se debe hacer ante el acoso de los que no respetan mi derecho? ¿Ceder el paso o no moverme de mi carril?

«Si cedo el paso, les estoy dando vía libre a los que no tienen el más mínimo respeto por la vida y soy cómplice de que el ciclo de la impunidad siga su curso. Si me quedo en mi carril y no los dejo pasar, tengo que soportar que se me «peguen» al paragolpe (además de que me encandilen con las luces altas por la noche) y viajar con el corazón en la boca esperando que no se me cruce nada en el camino y tenga que frenar de golpe.

«¿Tengo que transformarme en un Quijote y arriesgar no sólo mi vida sino también la de los seres queridos que viajan conmigo?

«Si bien me parece perfecto que se fiscalice la reducción de la velocidad en las zonas urbanizadas de la ruta 2, creo que las autoridades deben tomar cartas en el asunto y ofrecer algún tipo de respaldo a los que exigimos que se nos respete el derecho de cumplir con los límites de velocidad.»

Mario Gallicchio
DNI 22.592.720
mariogalli@yahoo.com

Que se corra

«El lector Mario Gallicchio, en su carta del 27/11, se queja de que manejando su auto en la ruta 2, a la velocidad máxima de 120 kilómetros por hora, los otros automovilistas lo molestaron pidiendo paso a velocidades que infringen la normativa. Lo que el lector no nos cuenta es por cuál carril circulaba él.

«Si circulaba por el carril derecho, me permito poner en duda que lo hayan molestado a 120 kilómetros por hora. En cambio, creo que el lector omite decir que circulaba por el carril izquierdo, cometiendo una infracción mucho peor que superar las velocidades máximas. El carril izquierdo no es para circular. Es para el sobrepaso, y es su obligación apartarse cuando tiene un vehículo detrás, sean cuales sean las velocidades de ambos.

«Leí un artículo que dice: «El 90% de los vehículos en la ruta 2 supera la velocidad permitida». Si esto es cierto, lo que está mal es el reglamento y no el 90%. Al lector Gallicchio, le pido, respetuosamente, que se corra.»

Abel Drechsler
DNI 7.610.969

Límite de velocidad II
«Se equivoca el lector Mario Gallicchio cuando cree que puede ponerse en árbitro de las supuestas infracciones que cometen los demás automovilistas. Si alguien se le pone atrás y le hace señas pidiendo paso, lo único que puede y debe hacer es correrse y habilitarlo para que lo pase correctamente, porque evidentemente está obstruyendo el tránsito.

«Lo contrario sería crear la posibilidad de un accidente, ya que al obligar al otro vehículo a esquivarlo por la derecha está potenciando una situación peligrosa.

«La actual actitud gubernamental que induce a que cada uno tome justicia por mano propia -léase manifestaciones, piquetes, huelgas arbitrarias, cortes de calles y rutas, etcétera-, lo único que provoca es más inseguridad, porque con esos procederes nunca se van a solucionar los problemas.

«El lector tiene que ser más práctico y eficaz: si cree que alguien está cometiendo un delito o una infracción, como el caso que le preocupa, lo único que debe hacer es llamar al 911 y plantear la cuestión.

«De esta manera, la autoridad de aplicación tomará conocimiento del tema y adoptará las medidas necesarias para corregirlo; pero sólo ella puede actuar, y no cualquiera de nosotros, que no estamos ni capacitados ni autorizados para ponernos en lugar del juez natural.»

Miguel Angel Torrendell
aeroaccidentes@yahoo.com.ar
Empecemos con que ir por encima de la máxima es infracción y dejemos en claro que no existe nada que legalmente permita un sobrepaso a mayor velocidad que la permitida (sea en autopista o por contramano en ruta normal). Con lo que no existen sobrepasos «correctos» si se circula con exceso de velocidad y transitar a la velocidad máxima permitida por el carril rápido (que para eso está) no es obstruir para nada la circulación. Micros y camiones son los que obligatoriamente deben circular únicamente por carril derecho porque su velocidad máxima permitida es de 90 km/h y así lo dispone la ley nacional de tránsito.
Sin embargo, al conocer la importante cantidad de infractores que les tienta la velocidad y llegar antes (¿antes de qué?), no tiene sentido hacerse el héroe y arriesgar nuestra integridad. Si se quiere colaborar con la seguridad vial, lo mejor será tomar la patente e informarla al 0800 de la autopista -me parece mejor que el 911-. Lamentablemente dudo de si esto será eficaz o no, pero sería el camino más correcto y no intentar hacer justicia por mano propia.
Entiendo que la ANSV está preparando un fuerte operativo sobre Ruta 2 para estas vacaciones. Coincido con Gallicchio que es preciso que se controle los excesos de velocidad en tramos de máxima y no sólo en cruce urbanos, pero recuerden que 9 de cada 10 siniestros son causados por impericias y sobre todo irresponsabilidades del conductor.