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La grúa levantará autos oficiales mal estacionados

Gastó €350 mil en un auto y se lo llevó la grúaEn Madrid, la estrella del Real Madrid, Cristiano Ronaldo, no estuvo atento a dónde dejó (mal) estacionado su flamante Lamborghini Aventador LP700, valuado en 350 mil euros, y fue removido por una grúa municipal de Madrid, sin miramientos.
En tanto en la Ciudad de Buenos Aires, luego de haber aplicado hace más de un mes la restricción de acceder al Microcentro con coches particulares sin permiso, han suspendido todos los permisos de «Libre Estacionamiento» no emitidos por la Ciudad. De tal manera, desde el 19 de marzo comenzarán a infraccionar y acarrear a los vehículos que cuenten con estos permisos ya sin validez para dejar el auto estacionado en las calles porteñas donde está prohibido estacionar. Al respecto, el Secretario de Transporte Guillermo Dietrich, aseguró que tampoco tendrán miramientos con autos oficiales si no cuentan con alguno de los contados permisos que entregará exclusivamente el Gobierno Porteño. Mantendrán un libre estacionamiento los servicios de emergencia médica y los medios de prensa que tramiten un permiso especial. Como ejemplo, Dietrich dió a la ciudad de Washington donde está repleto de autos oficiales de dependencias oficiales nacionales e internacionales, pero ningún vehículo puede quedar mal estacionado, como la Lamborghini de Ronaldo.

Permisos especiales para discapacitados, médicos y religiosos
Se autoriza el estacionamiento momentáneo médicos y religiosos cuando concurran a domicilios particulares en prestación de un servicio de carácter urgente y bien común, por un período que no exceda los 60 (sesenta) minutos en aquellos lugares en que rija alguna prohibición de estacionamiento.
Por otra parte, el Código hace referencia a la reserva de lugares para estacionar. Al respecto, señala que están prohibidas las reservas de espacios en la vía pública para estacionamiento de vehículos exceptuando de la prohibición general a:
1.     Casa de Gobierno del Poder Ejecutivo Nacional, Palacio del Congreso Nacional, Palacio de los Tribunales de Justicia, Palacio del Gobierno de la Ciudad, Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad”.
2.     “Embajadas y consulados con los que exista relación de reciprocidad.”
3.     “Las utilizadas por las sedes centrales nacional y de distrito de los partidos políticos legalmente reconocidos.”
4.      Las concedidas a personas con necesidades especiales.
5.     “Las que se otorguen a las sedes de los servicios sacerdotales de urgencia y servicios similares de otros credos.”
Multas por el uso o exhibición de franquicias apócrifas o no autorizadas
“El/la conductor/a, titular o responsable de un vehículo que utilice o exhiba carteles, credenciales o cualquier tipo de documentos que acrediten una franquicia de tránsito y/o estacionamiento inexistente o antirreglamentaria o no aplicable a la persona que lo utiliza o exhibe, es sancionado/a con multa de 500 a 5.000 Unidades Fijas. No admite pago voluntario.» Ley Nº 451 (B.O.C.B.A. Nº 1.043)